La ley prioriza el despliegue de fibra óptica
Si te ves en ese escenario, tranquilo, tienes las de ganar. La Ley General de Telecomunicaciones está de tu parte. Lo más habitual, en este tipo de situaciones, es que el residente en cuestión se oponga a que el cable quede adosado a la fachada, en especial, si resulta muy evidente visto desde la calle.
Un vecino no puede impedir el despliegue de fibra óptica
Sin embargo, a pesar de que no le guste, tendrá que aguantarse. En la mencionada normativa legal queda bien claro. Si bien, en principio, “los operadores deberán hacer uso de las canalizaciones subterráneas o en el interior de las edificaciones que permitan el despliegue y explotación de redes públicas de comunicaciones electrónicas, en los casos en los que no existan dichas canalizaciones o no sea posible su uso por razones técnicas o económicas, los operadores podrán efectuar despliegues aéreos siguiendo los previamente existentes”. Es decir, que las compañías pueden usar, por ejemplo, los postes del tendido eléctrico para el despliegue de fibra óptica.
La fachada, un soporte legal para el despliegue de fibra óptica
Del mismo modo, “los operadores podrán efectuar por fachadas despliegue de cables y equipos que constituyan redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados, si bien para ello deberán utilizar, en la medida de lo posible, los despliegues, canalizaciones, instalaciones y equipos previamente instalados”. En otras palabras, si no es posible tirar cable subterráneo por razones técnicas o económicas, podrá hacerse a lo largo y ancho de la fachada, aunque sea siguiendo la instalación ya existente.
Si estás en la tesitura de que te va a llegar Internet de alta velocidad a casa, ningún vecino, incluso siendo el presidente de la comunidad, podrá impedir que disfrutes de la fibra óptica.